martes, 27 de mayo de 2014

NIC 38 ACTIVOS INTANGIBLES

NIC 38


Activos intangibles
  
Objetivo



  
El objetivo es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma también especifica cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige la revelación de información específica sobre estos activos.




Alcanze


Se aplicará por todas las entidades al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos :
  • Activos intangibles que estén tratados en otras Normas
  • Activos financieros, definidos en la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
  • El reconocimiento y valoración de activos para exploración y evaluación  
  • Desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares 



Definiciones



Un activo es un recurso
Es controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos.

Activo intangible
Es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física.

Activos monetarios Tanto el dinero en efectivo como otros activos, por los que se van a recibir unas cantidades fijas o determinables de dinero.

Amortización 
Es la distribución sistemática del importe amortizable de un activo

Importe amortizable 
Es el costo de un activo o la cantidad que lo sustituya, una vez deducido su valor residual.

Importe en libros 
Es el importe por el que un activo se reconoce en el balance, después de deducir la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro acumuladas, que se refieran al mismo.

Valor razonable de un activo 
Es el importe por el cual podría ser intercambiado un activo entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua.

Valor residual de un activo intangible 
Es el importe estimado que la entidad podría obtener de un activo por su enajenación o disposición por otra vía, después de haber deducido los costes estimados para su enajenación o disposición por otra vía, si el activo tuviera ya la edad y condición esperadas al término de su vida útil.

Vida útil
Es el periodo durante el cual se espera utilizar el activo por parte de la entidad; o bien
El número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de la entidad.



Activos intangibles




Las entidades emplean recursos, o incurren en pasivos, en la adquisición, desarrollo, mantenimiento o mejora de recursos intangibles tales como el conocimiento científico o tecnológico, el diseño e implementación de nuevos procesos o nuevos sistemas, las licencias o concesiones, la propiedad intelectual, los conocimientos comerciales o marcas (incluyendo denominaciones comerciales y derechos editoriales)





Un activo satisface el criterio de identificabilidad incluido en la definición de activo intangible cuando:

Es separable, esto es, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, cedido, dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con el contrato, activo o pasivo con los que guarde relación; o

Surge de derechos contractuales o de otros derechos legales, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones.




                                                                     Control





Una entidad controlará un determinado activo siempre que tenga el poder de obtener los beneficios económicos futuros que procedan de los recursos que subyacen en el mismo, y además pueda restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios. La capacidad que la entidad tiene para controlar los beneficios económicos futuros de un activo intangible tiene su justificación, normalmente, en derechos de tipo legal que son exigibles ante los tribunales.







Beneficios económicos futuros
Entre los beneficios económicos futuros procedentes de un activo intangible se incluyen los ingresos ordinarios procedentes de la venta de productos o servicios, los ahorros de coste y otros rendimientos diferentes que se deriven del uso del activo por parte de la entidad. Por ejemplo, el uso de la propiedad intelectual, dentro del proceso de producción puede reducir los costes de producción futuros, en lugar de aumentar los ingresos ordinarios futuros.





Reconocimiento y valoración
 


  


El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, para la entidad, demostrar que el elemento en cuestión cumple:





 Que sea un bien intangible

Un activo intangible se reconocerá si, y sólo si:
Es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad;

El costo del activo puede ser valorado de forma fiable.

La entidad evaluará la probabilidad de obtener beneficios económicos futuros utilizando hipótesis razonables y fundadas, que representen las mejores estimaciones de la dirección respecto al conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del activo.

El reconocimiento de los costes en el importe en libros de un activo intangible finalizará cuando el activo se encuentre en el lugar y condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la dirección. Por ello, los costos soportados por la utilización o por la reprogramación del uso de un activo intangible no se incluirán en el importe en libros del activo. Por ejemplo, los siguientes costos no se incluirán en el importe en libros del activo intangible:

Los costos soportados cuando el activo, capaz de operar de la forma prevista por la dirección, no ha comenzado a utilizarse; y
Pérdidas operativas iniciales, como las generadas mientras se desarrolla la demanda de los productos que se elaboran con el activo.


PERMUTAS


     La entidad determinará si una permuta tiene carácter comercial, considerando qué medida se espera que  cambien los flujos de efectivo futuros como consecuencia de dicha transacción. Una transacción de intercambio tiene naturaleza comercial si:


(a) la configuración (riesgo, calendario e importe) de los flujos de efectivo del activo recibido difiere de la configuración de los flujos de efectivo del activo cedido; o
(b) l valor específico para la entidad, de la parte de sus actividades afectadas por la permuta, se ve modificado como consecuencia del intercambio; y además
(c) La diferencia identificada en (a) o en (b) es significativa al compararla con el valor razonable de los activos intercambiados.
 



Vida útil





La vida útil de un activo intangible que surja de un derecho contractual o de otro tipo legal no excederá el periodo de esos derechos pero puede ser inferior, dependiendo del periodo a lo largo del cual la entidad espera utilizar el activo. 


  
Similitudes y diferencias entre NIF C-8 Y NIC 38 "ACTIVOS INTANGIBLES"